Noticia
Nuevo régimen de retención de IVA para venta de hacienda con destino a faena
A partir del 1° de marzo del 2017, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) puso en marcha un nuevo régimen de retenciones, percepciones y pagos a cuenta de IVA aplicables a operaciones de faena y comercialización de animales bovinos y bubalinos.
Al momento de comercializar hacienda con destino faena, el productor deberá estar inscripto en el Registro Fiscal de Operadores de la Cadena de Producción y Comercialización de Ganado y Carne Bovina y Bubalina (RFOCB) y declarar ante AFIP la CBU de una cuenta bancaria.
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